Indica en qué país o región estás para ver contenidos específicos
México
Contáctanos
55 8037 4700Contáctanos
55 8037 4700Aviso legal
Política de privacidad
Política de cookies
Condiciones generales
I.- Declara "BOX2BOX", por conducto de su representante:
II.- Declara "El CLIENTE" por su propio derecho y bajo protesta de decir verdad:
En virtud de las anteriores declaraciones LAS PARTES están de acuerdo en obligarse en terminos de las siguientes:
Por virtud del presente contrato "BOX2BOX" le prestara a "EL CLIENTE", el servicio de depósito de bienes muebles en sus instalaciones (bodegas) ubicadas en CARRETERA ESTATAL TEQUISQUIAPAN 200 KM, GLOBAL PARK, EL MARQUES, QRO, 26246, donde permanecerán resguardados durante el tiempo que dure el depósito, por lo que "EL CLIENTE" acepta que sus bienes objeto del presente contrato sean depositados y resguardados por "BOX2BOX" en sus instalaciones mencionadas en el párrafo anterior.
"EL CLIENTE" se obliga a pagarle a "BOX2BOX" , la cantidad PACTADA POR LOS M2 CONTRATADOS., mensual, por la prestación del servicio de depósito de BIENES, objeto del presente contrato; además de cubrir con veinticuatro horas de anticipación EL PAGO DE SEÑAL, cuyo costo es de $500.00 (Quinientos Pesos 00/100 MN) el cual se origina por la contratación del servicio.
El pago del SERVICIO DE DEPOSITO y el pago del TRANSPORTE , lo deberá realizar "EL CLIENTE" en el momento en que se firme el presente contrato, ya sea en efectivo o con tarjeta de crédito o débito, y solo en caso excepcional, el pago lo podrá realizar mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria que se señala a continuación, caso en el cual queda obligado a entregarle a "BOX2BOX" el comprobante correspondiente, para efecto de validar dicho pago y en su caso, expedir la factura correspondiente.
BANCO: BBVA MEXICO, S.A.
TITULAR: GRUPO BOX2BOX MEXSTORANGE, S.A.P.I. DE C.V.
NUMERO DE CUENTA: 0120332984
CLABE INTERBANCARIA: 012180001203329848
En caso de incumplimiento en el pago puntual, "EL CLIENTE se obliga a pagar a "BOX2BOX" un interés moratorio a razón del 4 % (cuatro por ciento) mensual sobre el saldos insolutos.
Todo mes de depósito es forzoso para "EL CLIENTE" obligándose a pagarlo integrante aun cuando el depósito de sus BIENES dure un día o parte del mes.
En el caso de que "EL CLIENTE" incumpla con los pagos a que está obligado conforme a la CLAUSULA SEGUNDA o bien se niegue a pagar el adeudo generado o se niegue a retirar o abandone sus BIENES, AUTORIZA EXPRESAMENTE para que "BOX2BOX" pueda desalojar y/o retirar los BIENES de las instalaciones donde se encuentran depositados, por lo que "EL CLIENTE" cuenta con un plazo máximo de diez días naturales contados a partir de que reciba la notificación y/o aviso que se le envíe a su correo electrónico, para que se presente a pagar la cantidad adeudada, los intereses moratorios generados a esa fecha, cualquier otra cantidad que adeude, así como a retirar sus BIENES; en caso contrario, a partir del día once "BOX2BOX" puede disponer libremente y sin responsabilidad alguna de los BIENES, en el entendido de que puede venderlos, desecharlos (tirarlos a la basura), donarlos o destruirlos, lo que mejor convenga a sus intereses.
La duración del presente contrato de depósito de bienes, será de tres meses forzosos para "EL CLIENTE", pudiendo ser prorrogado dicho plazo cuantas veces sea necesario previo acuerdo por escrito entre "LAS PARTES", siempre y cuando "EL CLIENTE" se encuentre al corriente en el pago de sus mensualidades.
"EL CLIENTE" está de acuerdo y autoriza que "BOX2BOX" traslade los BIENES objeto del depósito a las instalaciones designadas para tal efecto, las cuales se mencionan en la cláusula primera de este instrumento.
"EL CLIENTE" reconoce que los "BIENES" objeto del depósito son de su legitima propiedad y de procedencia licita por lo que puede disponer libremente de ellos, en virtud de que no tienen y/o no están sujetos a limitación o restricción por parte de autoridad alguna, por lo que libera a "BOX2BOX", así como a sus accionistas, directores, gerentes, empleados y factores, de cualquier responsabilidad de tipo civil, administrativo, fiscal o penal.
De igual forma "EL CLIENTE" reconoce que entre los BIENES objeto del depósito no existen títulos de crédito, títulos ejecutivos, títulos valor o documentos que devenguen intereses, tampoco materiales peligrosos,, materiales inflamables, tóxicos, basura, desperdicios, drogas, enervantes, substancias prohibidas y/o controladas, en cualquier forma o presentación, tampoco existen bienes cuya comercialización, posesión, transporte y/o almacenamiento requiera de un permiso especial, armas de fuego, armas blancas, bienes que hubiesen sido utilizados para cometer algún delito, bienes que desprendan olores, líquidos, artículos comestibles, alimentos, bienes perecederos, plantas, seres vivos, hongos, bacterias, microrganismos, bienes que hubiesen sido introducidos al territorio nacional de manera ilícita, o bien bienes que "EL CLIENTE" se encuentre impedido por mandato judicial de entregar en depósito.
"El CLIENTE" reconoce que "BOX2BOX" al momento de recibir los BIENES no llevo a cabo una revisión detallada de los mismos que permita constatar la veracidad del inventario señalado en el ANEXO 1, por lo que "BOX2BOX" únicamente será responsable del resguardo de aquellos bienes descritos expresamente en el referido ANEXO 1 y que hubiesen sido efectivamente revisados y recibidos por "BOX2BOX".
"EL CLIENTE" está de acuerdo que "BOX2BOX" puede hacer uso de rayos x, perros detectores, detectores de metales o cualquier otro medio que utilice para revisión y el resguardo adecuado de los BIENES, validando dentro de sus posibilidades y atendiendo a la secrecía, que entre los BIENES entregados para depósito no se encuentre algún BIEN ilegal de los señalados en el párrafo segundo de la cláusula anterior que ponga en riesgo la seguridad de "BOX2BOX", de las instalaciones y/o sus trabajadores.
Derivado de la revisión que realice "BOX2BOX", encuentre cualquiera de los BIENES descritos en el párrafo segundo de la cláusula anterior, estará facultado para avisar a las autoridades correspondientes y en caso de ser necesario, abrir los empaques en donde están almacenados los BIENES, a efecto de que estos sean sometidos a una revisión minuciosa, sin necesidad de contar con la autorización y/o presencia de "EL CLIENTE".
"El CLIENTE" manifiesta que ninguno de los BIENES depositados requiere de cuidados especiales, por lo que dichos BIENES pueden permanecer dentro de la bodega asignada sin necesidad de que "BOX2BOX" brinde cuidados o atenciones especiales, razón por la cual "BOX2BOX" queda liberada de cualquier reclamación por daños y/o perjuicios.
"El CLIENTE" constituye garantía prendaría sobre los BIENES depositados como garantía del cumplimiento de sus obligaciones en favor de "BOX2BOX", contraídas al amparo del presente documento, por lo que en caso de incumplimiento a la obligación de pago o retiro de los BIENES después de concluido el plazo de vigencia del presente contrato "BOX2BOX" podrá ejecutar la garantía prendaria poniéndola a la venta y con el producto resultante de dicha venta cubrir primeramente los intereses moratorios generados; en segundo lugar cubrir los gastos generales y legales que se originen con motivo del traslado y/o desalojo de los bienes y en tercer lugar cubrir el adeudo generado por el incumplimiento de "EL CLIENTE".
Previo a la terminación del plazo forzoso del presente contrato "El CLIENTE" podrá solicitar a "BOX2BOX" la devolución y/o retiro de sus BIENES, con QUINCE días naturales de anticipación a la fecha señalada para el retiro, indicando la dirección, el día y la hora en la cual deberán de ser entregados por "BOX2BOX", en cuyo caso el "CLIENTE" se obliga a recibir personalmente los BIENES.
Una vez recibida la solicitud de devolución de BIENES a domicilio, "BOX2BOX" contara con TRES días naturales para informar a "EL CLIENTE", el costo del servicio de devolución de BIENES a domicilio, cuyo costo deberá de ser cubierto por "EL CLIENTE" dentro de los TRES días siguientes, de lo contrario se entenderá que "EL CLIENTE" ha cancelado su solicitud de servicio de entrega a domicilio; en consecuencia queda obligado a recoger los BIENES en la UBICACIÓN donde permanecen depositados previo el pago del servicio prestado; una vez cubierto el adeudo "BOX2BOX", dará aviso a "EL CLIENTE" de la fecha y hora de entrega de los BIENES.
En el caso de que "EL CLIENTE" no acuda a recoger sus BIENES, "BOX2BOX" queda en libertad de proceder conforme a lo establecido en la parte final de la cláusula tercera del presente contrato.
"EL CLIENTE" está de acuerdo y acepta que "BOX2BOX" no será responsable por el deterioro o menoscabo que sufran los BIENES, derivado de desastres naturales (temblores, terremotos, incendios, etc.) o casos fortuitos (ataques armados, rebelión).
En caso de que "EL CLIENTE" solicite la devolución de los BIENES y no se presente en la UBICACIÓN a retirarlos en el día y horario señalado por" BOX2BOX", se entenderá que es su deseo continuar con el servicio de depósito, por lo que los BIENES serán devueltos nuevamente a la UBICACIÓN por lo que se generará un cargo adicional de descarga equivalente al importe por la prestación del servicio de devolución a domicilio, costo que deberá ser cubierto por "EL CLIENTE" dentro de los DOS días naturales posteriores a que suceda dicho evento.
Si "EL CLIENTE" incumple en el pago del servicio mencionado en el párrafo anterior "BOX2BOX" podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato, en cuyo caso notificará a "EL CLIENTE" vía correo electrónico con CINCO días naturales de anticipación para que cubra el adeudo existente a esa fecha, así como los intereses moratorios y una pena convencional equivalente al importe mensual del servicio de depósito y retire sus BIENES, por lo que en caso de no pagar y no retirar sus BIENES, BOX2BOX, podrá proceder sin responsabilidad alguna a venderlos, desecharlos (tirarlos a la basura), donarlos o destruirlos, lo que mejor convenga a sus intereses, además de que "EL CLIENTE" será reportado ante el Buró de Crédito, como deudor moroso.
"EL CLIENTE" acepta y se obliga a pagarle a "BOX2BOX" al momento de solicitar el servicio la cantidad de $500.00 (Quinientos Pesos 00/100 MN) por concepto de PAGO DE SEÑAL, el cual por ningún motivo será reembolsado; dicho pago lo deberá de realizar en efectivo o con tarjeta de crédito o débito.
En relación con el transporte para el traslado de los BIENES "EL CLIENTE" deberá entregar a "BOX2BOX" un listado de la totalidad de los BIENES que serán depositados; también deberá entregar evidencia fotográfica de todos los BIENES depositados, para que "BOX2BOX" pueda determinar la UNIDAD DE TRANSPORTE que utilizara para trasladar dichos BIENES desde la ubicación de "EL CLIENTE" a las instalaciones de "BOX2BOX"; lo anterior con la finalidad de realizar el servicio de manera satisfactoria.
En el caso de que "EL CLIENTE" agregue más BIENES de los señalados, sin previo aviso, "BOX2BOX" queda facultada para i) cancelar el servicio, ii)) solicitar otra unidad de transporte de apoyo, la cual le será cobrada a "EL CLIENTE" en su totalidad conforme al precio pactado para el servicio inicial.
"EL CLIENTE" se obliga a pagar el costo del transporte pactado con "BOX2BOX", previo a que se realice la recolección de los BIENES; también deberá pagar el importe de la tarifa o plan elegido y/o contratado; de igual forma "EL CLIENTE" se compromete a pagar la totalidad de la mensualidad que le corresponde, en la fecha que le sea indicada por "BOX2BOX"; en caso de incumplimiento queda obligado al pago de intereses moratorios a razón del 4% (cuatro por ciento) mensual sobre saldos insolutos, los cuales serán exigibles a UNA semana de que se dé el incumplimiento.
Para que proceda la devolución y/o entrega de los BIENES, "EL CLIENTE" deberá estar al corriente de todos sus pagos; además deberá liquidar con 24 (Veinticuatro) horas de anticipación el costo total del transporte.
En caso de que "EL CLIENTE" no esté presente para recibir los BIENES en el lugar, día y hora acordados, se generará un costo de permanencia extraordinaria, equivalente a la contraprestación pactada para el depósito de los BIENES, dicha contraprestación extraordinaria se generará con la misma periodicidad de la contraprestación inicial, por lo que ambas contraprestaciones son totalmente independientes.
"EL CLIENTE" acepta y autoriza para que "BOX2BOX" pueda realizar una investigación crediticia de su persona, también acepta que, en caso de incumplimiento en el pago del servicio de depósito, transcurridos QUINCE días de haberse constituido en mora a partir de la fecha de pago, sea reportado al Buró de Crédito como deudor moroso.
"El CLIENTE" autoriza a "BOX2BOX" a mover los BIENES fuera de la ubicación originalmente designada para el depósito, en caso fortuito o fuerza mayor (incendio, temblor, inundación o cualquier otro desastre natural), siempre y cuando "BOX2BOX" y/o sus agentes, consideren necesario dicho cambio para salvaguardar la integridad de los BIENES.
"El CLIENTE" se obliga a indemnizar a "BOX2BOX" por los gastos y honorarios de abogados en los que llegase a incurrir, derivado de cualquier litigio emprendido por terceros en contra de "BOX2BOX" y/o de sus agentes, derivado del depósito de los BIENES.
"BOX2BOX" se compromete a conservar en la medida de lo posible los BIENES objeto del depósito, por lo que respondera de manera subsidiaria de cualquier reclamación e indemnización que "EL CLIENTE" tenga derecho a recibir por parte de alguna Institución de Seguros por contar con una póliza de seguro, que cubra cualquier daño o menoscabo causado por negligencia de "BOX2BOX"; por lo que en ese caso, "BOX2BOX" deberá informar de manera inmediata a "EL CLIENTE" sobre el siniestro o evento ocurrido, por lo que "EL CLIENTE" estará obligado a informar a "BOX2BOX" si cuenta con alguna póliza de seguro que cubra los daños sufridos en los BIENES.
Tratándose de BIENES que hubiesen sido señalados como "frágiles" en el ANEXO 1, "BOX2BOX" no será responsable por daños o menoscabo que puedan sufrir; sin embargo "BOX2BOX" cuenta con una póliza de seguro que cubre daños y/o destrucción total o parcial de los BIENES depositados, hasta por un monto de $60,000.00 (Sesenta Mil Pesos 00/100 MN).
"El CLIENTE" reconoce y acepta que por cuestiones de seguridad no podrá acceder a la UBICACIÓN donde se encuentran depositados los BIENES, sin embargo, podrá solicitar a "BOX2BOX", una vez por mes, evidencia fotográfica del estado físico que guardan los BIENES, en cuyo caso "BOX2BOX" contará con CINCO días naturales para obtener y entregar el material fotográfico, el cual tendrá un costo extra, por lo que "BOX2BOX" informará a "EL CLIENTE", la cantidad que debe pagar por dicho servicio dentro de los DOS días siguientes a que reciba el aviso por correo electrónico, de lo contrario se cancelará la solicitud presentada por "EL CLIENTE".
"LAS PARTES" acuerdan tratar como INFORMACION CONFIDENCIAL, cualquier información que intercambien como consecuencia de la celebración del presente contrato, por lo que se deberán de abstenerse de divulgarla a terceros sin contar con autorización previa y por escrito de la otra parte.
Asimismo "BOX2BOX" se obliga a tomar las medidas necesarias para salvaguardar los datos personales de "EL CLIENTE" de conformidad con lo dispuesto por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
"El CLIENTE" autoriza a "BOX2BOX" a practicarle cualquier notificación o comunicación relacionada con el presente contrato al correo electrónico que señalado en el inciso E del apartado II de declaraciones de este instrumento.
Para la interpretación y ejecución del presente contrato "LAS PARTES" se someten expresamente a las leyes y jurisdicción de los tribunales de la Ciudad de México, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa.
Al pulsar en "Enviar" aceptas nuestra política de privacidad para tratar tus datos con la finalidad de tramitar tu consulta o solicitud
O llámanos al 55 8037 4700 o escríbenos a atencion@box2boxstorage.com y resolveremos todas tus dudas
Tu mini bodega a Domicilio